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Instituto de Psicoterapia Relacional (IPR)

Instituto de Psicoterapia Relacional (IPR)

Datos de contacto:

Dirección: Alberto Aguilera, 10 1º Izq - 28015 - Madrid
Teléfono:
  • Fijo: 915919006

Junta Directiva:

Presidente/a Rosario Castaño Catalá

Vicepresidente/a Sandra Toribio Caballero

Secretario/a Lucía Martínez Domínguez

Tesorero/a Ignacio Blasco Barrientos

Objetivos

Este Instituto se crea en 2006 como plataforma de encuentro entre el saber y la experiencia acumuladas y el constante aprendizaje y descubrimiento en la naturaleza social de lo humano. Asociación, que con el ánimo de ser de utilidad pública y de interés para los profesionales e instituciones de la salud, articula y desarrolla una amplia tradición formadora desarrollada o promovida desde 1975 en España por un grupo de profesionales, Psicólogos y Médicos, formados en una vertiente psicosocial del psicoanálisis, conocida como perspectiva vincular, intersubjetiva o más genéricamente relacional, con especial proyección en los ámbitos de la psicoterapia individual, de grupo, pareja y familia, con los adultos, la infancia, adolescencia, y juventud, así como en el análisis de lo institucional.

Partimos de la voluntad y experiencia del dialogo y convergencia desde el psicoanálisis con perspectivas afines tales como las aproximaciones sistémicas o constructivistas, vienen posibilitando una práctica enriquecida con las aportaciones de diferentes perspectivas, así como la constante voluntad de renovación mediante el aprovechamiento de los hallazgos de las investigaciones de diferentes ámbitos científicos, y principalmente de las ya mencionadas Neurociencias y el Desarrollo Humano.

Fomentamos el diálogo e intercambio entre diferentes perspectivas teóricas, clínicas y de investigación que contribuyen a la mejora de la calidad de la formación básica, especializada y continua de los psicoterapeutas profesionales, y estamos especialmente comprometidos en promover una formación de calidad.

Principales objetivos

a) Promover el desarrollo de la Psicoterapia Relacional, en sus diferentes vertientes, a través de acciones de formación especializada, del ejercicio profesional, la investigación, así como el intercambio científico con ámbitos disciplinares conexos.

b) Diseñar y ejecutar planes formativos en Psicoterapia Relacional, en cuanto Instituto orientado a la formación continuada y permanente, en todos los niveles, científicos y profesionales. Estos planes integrarán un modelo formativo de alta calidad, que garantice la protección de los derechos de los usuarios, y la más alta capacitación de los profesionales que ejerzan como psicoterapeutas.

c) Facilitar el intercambio científico y profesional entre sus miembros, y en especial facilitar su actualización y formación permanente.

d) Establecer comunicación y acuerdos con otras instituciones formadoras, universidades, colegios profesionales, federaciones y asociaciones, de carácter público o privado, con competencias o intereses en los ámbitos de la Psicoterapia y la Salud Mental. En lo que respecta al desarrollo de la Psicoterapia Relacional, desarrolla acuerdos con la Sección Española de Asociación Internacional para la Psicoterapia y el Psicoanálisis Relacional [IARPP-España].

Actividades

La Asociación INSTITUTO DE PSICOTERAPIA RELACIONAL, sin perjuicio ni merma de los criterios de titulación exigidos para sus miembros, adopta como propios los criterios mínimos para acreditación de psicoterapeutas establecidos por la Federación Española de Asociaciones de Psicoterapeutas (FEAP) en su título V y demás disposiciones de sus estatutos sociales. Los miembros de la asociación que deseen ser acreditados profesionalmente ante la FEAP como psicoterapeutas, en el momento de su solicitud de acreditación habrán de reunir los requisitos mínimos comunes exigidos por la FEAP, que estén vigentes en la fecha de su solicitud, y además los criterios específicos fijados por las secciones de la FEAP para cada acreditación específica a la que opten, y que igualmente estén vigentes en la fecha de su solicitud. Los miembros asociados solo podrán recibir acreditaciones de carácter general, y los miembros titulares de carácter general, especializado y de función docente y didáctica.

En lo que respecta a sus Miembros Titulares y Asociados que sean Psicólogos, el INSTITUTO DE PSICOTERAPIA RELACIONAL acepta igualmente como criterios propios los establecidos por la Federación Europea de Asociaciones de Psicólogos (EFPA) y el Consejo General de Colegios de Psicólogos de España para otorgar el Certificado Europeo de Acreditación para Psicólogos Especialistas en Psicoterapia. Así mismo se establece que la Asociación INSTITUTO DE PSICOTERAPIA RELACIONAL dará cumplimiento para sus miembros a los requisitos de acreditación de psicoterapeutas que puedan adoptar instituciones públicas y profesionales con competencias en la materia, así como a lo que se establezca mediante disposiciones legales en materia de especialidades y títulos de postgrado, todo ello en el ámbito del Estado Español y sus autonomías.

Formación de psicoterapeutas

Apoya la formación básica, especializada y continua de psicoterapeutas a través de los estudios de MASTER EN PSICOTERAPIA RELACIONAL y los de ESPECIALISTA EN PSICOTERAPIA PSICOANALITICA RELACIONAL, con una amplia gama de seminarios intensivos y periódicos, así como ámbitos de supervisión que ofrece a través de entidades concertadas.

Criterios de acreditación

La Asociación INSTITUTO DE PSICOTERAPIA RELACIONAL, sin perjuicio ni merma de los criterios de titulación exigidos para sus miembros, adopta como propios los criterios mínimos para acreditación de psicoterapeutas establecidos por la Federación Española de Asociaciones de Psicoterapeutas (FEAP) en su título V y demás disposiciones de sus estatutos sociales. Los miembros de la asociación que deseen ser acreditados profesionalmente ante la FEAP como psicoterapeutas, en el momento de su solicitud de acreditación habrán de reunir los requisitos mínimos comunes exigidos por la FEAP, que estén vigentes en la fecha de su solicitud, y además los criterios específicos fijados por las secciones de la FEAP para cada acreditación específica a la que opten, y que igualmente estén vigentes en la fecha de su solicitud. Los miembros asociados solo podrán recibir acreditaciones de carácter general, y los miembros titulares de carácter general, especializado y de función docente y didáctica.

En lo que respecta a sus Miembros Titulares y Asociados que sean Psicólogos, el INSTITUTO DE PSICOTERAPIA RELACIONAL acepta igualmente como criterios propios los establecidos por la Federación Europea de Asociaciones de Psicólogos (EFPA) y el Consejo General de Colegios de Psicólogos de España para otorgar el Certificado Europeo de Acreditación para Psicólogos Especialistas en Psicoterapia. Así mismo se establece que la Asociación INSTITUTO DE PSICOTERAPIA RELACIONAL dará cumplimiento para sus miembros a los requisitos de acreditación de psicoterapeutas que puedan adoptar instituciones públicas y profesionales con competencias en la materia, así como a lo que se establezca mediante disposiciones legales en materia de especialidades y títulos de postgrado, todo ello en el ámbito del Estado Español y sus autonomías.

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